Entró en vigencia el Plan de Regularización de establecimientos platenses

Está destinado a unos 32.000 comercios, industrias y rubros afines que no tienen la habilitación vigente o cuentan con una emitida sin fecha de vencimiento y deben reempadronarse.
LOCALES07 de mayo de 2024Lucio PortéLucio Porté
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La Municipalidad puso en marcha el “Plan de Regularización de Establecimientos Platenses", una propuesta que busca normalizar la situación de establecimientos de modo que puedan acceder a políticas y programas, reducir los riesgos para la seguridad pública y brindar información precisa para la planificación productiva de la ciudad.

“El plan está dirigido a todos los comercios, industrias y empresas de servicios que estén radicados en La Plata que, por alguna razón, no tengan habilitación vigente”, señaló la secretaria de Producción e Innovación Tecnológica de la Comuna, Mercedes La Gioiosa.

Según el último relevamiento del Municipio, la cifra de establecimientos a regular supera los 32.000, teniendo en cuenta los cerca de 5.500 que tienen su habilitación vencida y los 27.000 que poseen un alta sin haber iniciado un expediente o una habilitación sin vencimiento y deben volver a empadronarse.

Haciendo uso del plan, todos ellos tendrán la posibilidad de regularizar su situación, evitar multas y sanciones por incumplir con la norma y acceder a múltiples oportunidades de negocios, al tiempo que el Municipio podrá garantizar las condiciones de higiene y seguridad necesarias y exigibles para desarrollar la actividad.

CÓMO INICIAR EL TRÁMITE DE REGULARIZACIÓN

El acceso al plan puede concretarse de manera online vía web en http://habilitaciones.laplata.gob.ar para la habilitación comercial de cualquier rubro, siempre que la superficie del local afectado a la actividad no supere los 300 metros cuadrados, a excepción de rubros complejos que requieran de la intervención de otras áreas del Municipio.

También es posible solicitar un turno de atención en https://turnos.laplata.gob.ar/misdatos para iniciar el trámite de modo presencial, acudiendo el día y en el horario elegido al primer piso del Centro Administrativo Gubernamental Torre I “Dr. Alejandro Korn” sito en calle 12 esquina 51.

REQUISITOS GENERALES PARA OBTENER LA HABILITACIÓN

Para iniciar el trámite, debe presentarse el titular del establecimiento con DNI o el apoderado con el poder correspondiente. En el caso de las personas jurídicas, es necesario exhibir el Estatuto o Contrato Social debidamente certificado y con el folio de inscripción del Ministerio de Justicia.

Además, es requisito acreditar el derecho al uso del inmueble mediante un contrato de locación/comodato con firmas certificadas por escribano o por el Colegio de Martilleros, Escritura o Título de propiedad y presentar un Libre deuda Deudores Alimentarios Morosos (DAM) solicitado en https://rdam.mjus.gba.gob.ar/.

Sea cual sea el rubro, es exigible presentar la Constancia de Inscripción en AFIP, que puede obtenerse en http://www.afip.gob.ar; el formulario libre de deuda previsional 522/A, el cual debe imprimirse desde la página http://www.afip.gob.ar con clave fiscal; y el certificado de domicilio de Ingresos Brutos de ARBA, que puede solicitarse en http://www.arba.gov.ar.

También forman parte de la documentación para el trámite el Libre deuda de las Tasas Tributarias Municipales (Seguridad e Higiene, Publicidad y Propaganda, en el caso que corresponda); y el original y una copia del plano de obra civil, aprobado, registrado o visado para comercio, autenticado y actualizado por la Dirección de Obras Particulares.

A su vez, debe presentarse el informe técnico de bomberos y el final de obra expedido por el Cuartel de La Plata (calle 52 entre 117 y 118), Los Hornos (avenida 137 entre 61 y 62), Melchor Romero (calle 519 entre 168 bis y 169 bis) o Villa Elisa (calle 49 entre 6 y 11) o el Certificado Profesional de Seguridad Antisiniestral (CERPROSA), según corresponda dependiendo la actividad comercial; y una foto de la fachada con la cortina levantada.

Cabe recordar que, por las características particulares que se desprenden de su desarrollo, existen determinadas actividades que deben cumplir, además, requisitos especiales, como farmacias y droguerías; veterinarias; agencias de seguridad, de viajes, de cambio y de Lotería; productoras de seguros y aseguradoras; y bancos, entre muchos otros.

Para esos casos, el interesado puede consultar los requisitos particulares en la oficina ubicada en primer piso del Centro Administrativo Gubernamental Torre I “Dr. Alejandro Korn” o vía mail a [email protected]

CUÁLES SON LAS ACTIVIDADES QUE REQUIEREN HABILITACIÓN

Entre los establecimientos que requieren habilitación municipal se pueden mencionar los dedicados a la venta directa de productos en escala minorista y/o mayorista; los del rubro sanitario, salud o atención animal; los vinculados a lo social y deportivo, como gimnasios, piscinas y canchas; y al entretenimiento, como cines y teatros.

También integran el listado hoteles, Centros de Atención de Primera Infancia (CADI), locales de reparaciones en general, locales de mantenimiento, reparación y atención del automotor y alquiler de vehículos, lavaderos de autos, playas de estacionamiento, tintorerías, lavaderos de ropa, cerrajerías, peluquerías, farmacias, oficinas y agencias de viajes y turismo.

Además, pueden acceder al plan de regularización para obtener su habilitación o reempadronarse inmobiliarias, prestadores de servicios bancarios o financieros, bares, confiterías, restaurantes, salones y casas de fiestas, salas de juegos, discotecas, casas velatorias, estaciones de servicio, mudadoras e industrias productivas, entre otros locales.

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